Approach
Con la finalidad de agilizar la tramitación de los procedimientos de ejecución, reforzar las expectativas de cobro del deudor, dotar de mayor seguridad jurídica al mercado, y en última instancia, para tratar de dar respuesta a algunos de los problemas económicos –y socialesde los últimos tiempos, el Proyecto de Ley Orgánica de Reforma del Código Penal (en adelante, “el Proyecto de Reforma”) propone una nueva regulación de los delitos de alzamiento de bienes e insolvencia punible.
Se comenta y se refuta una reciente sentencia del Tribunal Supremo que exige que estos créditos por intereses estén en el concurso especialmente comunicados, y que de otra forma no podrían ser pagados con el producto de ejecución.
1. Los hechos
Curiosos el caso y la doctrina de la sentencia del Tribunal Supremo (TS) de 20 julio 2018. Los fiadores solidarios de un préstamo hipotecario impagado reclaman judicialmente que se les releve de la fianza o que el deudor ofrezca una garantía que ponga a los fiadores a cubierto del peligro de su insolvencia de acuerdo con el artículo 1843 del Código Civil (CC).
1. El problema y la propuesta
El Tribunal Supremo confirma en casación la procedencia de imponer sanción en supuestos de operaciones de reestructuración empresarial carentes de motivos económicos válidos sobre la base de argumentos que, en última instancia, lo llevan a reconducir la operación al campo de la simulación negocial.
1. Análisis de la Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de diciembre del 2016 (rec. 2211/2015)
Article 93(2)(3) of the Spanish Insolvency Act1 (abbrev. LC) states that companies that belong to the same group of companies as the insolvent debtor shall be regarded as parties related to such debtor.
1. The characterisation of art. 1(1) ERIP and role of the Annex
- RDA (RDL, its Spanish acronym) 11/2014, of 5 September, on urgent measures in insolvency matters, amends, inter alia, the rules on majorities required for the acceptance of settlement proposals.
The new rules can be found in art. 124(1) of the Spanish Insolvency Act (Ley Concursal), which now reads as follows:
Art. 172 IA determines the pronouncements the at-fault classification ruling must contain, judicial pronouncements that constitute true civil penalties.1
Thus, after classifying the insolvency proceedings as at-fault, the people affected by the classification and the accomplices, on whom the orders will fall, have to be determined. Then, arts. 172 and 172 bis IA establish that the judgment must order: