In several Commonwealth jurisdictions, the corporate legislation allows creditors to petition a court to order the winding up of a debtor in circumstances where that debtor is unable to pay its debts as they fall due. Such legislation generally presumes that the debtor is insolvent if it has failed to comply with a statutory notice requiring the debtor to pay a certain debt within a given period of time (a statutory demand).
The Australian Government has introduced new laws which are intended to avoid unnecessary corporate insolvencies in light of the challenges presented by the unfolding COVID-19 global pandemic. The new laws came into effect on 25 March 2020 and include:
Just in time for the Chinese New Year, a Hong Kong court has taken a major step forward in the developing law on cross-border insolvency by recognizing a mainland Chinese liquidation for the first time. In the Joint and Several Liquidators of CEFC Shanghai International Group Ltd [2020] HKCFI 167, Mr. Justice Harris granted recognition and assistance to mainland administrators in Hong Kong so they could perform their functions and protect assets held in Hong Kong from enforcement.
Just in time for Chinese New Year, a Hong Kong court has taken a major step forward in the developing law on cross-border insolvency by recognising a mainland Chinese liquidation for the first time. InJoint and Several Liquidators of CEFC Shanghai International Group Ltd [2020] HKCFI 167, Mr Justice Harris granted recognition and assistance to mainland administrators in Hong Kong so they could perform their functions and protect assets held in Hong Kong from enforcement.
La Dirección General de Tributos, en dos recientes consultas vinculantes, concreta el momento en el que los propietarios de acciones de una sociedad en concurso de acreedores pueden computar las pérdidas patrimoniales experimentadas con motivo de tal situación.
La Dirección General de Tributos, en la consulta vinculante V0624-17, de 9 de marzo del 2017, analiza cuándo y cómo puede computar una pérdida patrimonial el propietario de unas acciones de una sociedad suspendida de cotización y en fase de liquidación en un procedimiento concursal.
La Dirección General de Tributos analiza las reglas de valoración aplicables en supuestos de aportaciones de capital realizadas por compensación de créditos en aquellos casos en los que la capitalización se efectúa en diferentes plazos y de forma sucesiva.
La Dirección General de Tributos examina, en un contexto de consolidación fiscal, las consecuencias fiscales de una operación en virtud de la cual la entidad dominante condona los créditos que tiene sobre sus filiales, derechos adquiridos previamente por medio de una operación de reestructuración empresarial no acogida al régimen de neutralidad fiscal y registrados por un valor inferior a su nominal.
La Dirección General de Tributos examina algunas de las consecuencias que pueden derivarse de una operación de reestructuración empresarial a efectos de la constitución de la reserva de capitalización prevista en el artículo 25 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
El Tribunal Supremo confirma en casación la procedencia de imponer sanción en supuestos de operaciones de reestructuración empresarial carentes de motivos económicos válidos sobre la base de argumentos que, en última instancia, lo llevan a reconducir la operación al campo de la simulación negocial.
1. Análisis de la Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de diciembre del 2016 (rec. 2211/2015)
La Audiencia Nacional, en una interesante sentencia, ha matizado el criterio que desde la Administración ha venido manteniéndose en muchos casos en virtud del cual la presencia de una segunda finalidad en las operaciones de reestructuración empresarial, añadida a la de perseguir una auténtica reorganización de la entidad, conllevaría, partiendo del análisis conjunto de la operación, la exclusión de la posibilidad de aplicar el régimen especial previsto a efectos del impuesto sobre sociedades para las citadas operaciones.