Introducción
En este mes comienzan a publicarse algunas resoluciones interesantes en aplicación de la Ley 16/2022 en relación a planes de restructuración y nombramientos de experto. En este campo preconcursal tan de moda son especialmente reseñables:
Introducción
Este mes las resoluciones reseñadas son menos y de menor relevancia que el mes pasado. Destacamos en todo caso el auto de homologación de uno de los primeros planes de restructuración aprobados tras la entrada en vigor de la nueva ley 16/2022 con una peculiar formación de clases donde muchas de ellas son clases unipersonales.
También destacamos un auto del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Gijón que niega el embargo preventivo de los bienes de los administradores de la concursada por no apreciarse que vaya a existir un déficit concursal.
Introducción
Esta edición tiene esta vez bastante contenido interesante entre el que destacamos:
Introducción
En las Píldoras de este mes de noviembre destacamos dos sentencias de audiencias provinciales:
la de la AP de Tarragona que anula la garantía hipotecaria de la filial en favor de la deuda de su matriz a pesar de que había sido la matriz quien le aportó los fondos para comprar los inmuebles que se hipotecan. La audiencia adapta la doctrina de la compensación equivalente y considera que se sacrifica más de lo que se gana y por tanto el sacrificio patrimonial es injustificado.
Tribunal Supremo
Jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo: El adquirente de la unidad productiva se subroga en las deudas de la Seguridad Social anteriores al concurso respecto de la totalidad de los trabajadores de la concursada.
Sentencia 577/2022 del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, de 17 de mayo de 2022. Ponente: José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat.
Tribunal Supremo
Calificación de un crédito en el concurso de un hipotecante no deudor que es además fiador solidario. Cumplida la contingencia el crédito debe reconocerse como privilegiado especial (art. 270.1º TRLC)