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On 1 July 2017, Decree-law 79/2017, of 30 June 2017 (“DL 79/2017”), entered into force. This piece of legislation amends, most notably, the Insolvency and Recovery of Companies Code and the legal framework of the Special Revitalization Procedure (“SRP”), which is now reserved only to companies.

Other noteworthy amendments introduced by DL 79/2017 are as follows:

La Dirección General de Tributos, en dos recientes consultas vinculantes, concreta el momento en el que los propietarios de acciones de una sociedad en concurso de acreedores pueden computar las pérdidas patrimoniales experimentadas con motivo de tal situación.

La Dirección General de Tributos, en la consulta vinculante V0624-17, de 9 de marzo del 2017, analiza cuándo y cómo puede computar una pérdida patrimonial el propietario de unas acciones de una sociedad suspendida de cotización y en fase de liquidación en un procedimiento concursal.

Article 92 of the Spanish Insolvency Act (SIA) sets forth that claims held by related parties shall qualify as subordinated in the event of insolvency of the debtor.

La operación sobre los activos de una empresa que se prepara con anterioridad a la declaración de quiebra para ser ejecutada inmediatamente después de que se declare la quiebra (pre-pack) puede plantear problemas laborales.

SNDA Basics

A subordination, nondisturbance and attornment agreement (“SNDA”) is commonly used in real estate financing to clarify the rights and obligations between the owner of rental property (i.e., the borrower), the lender that provides financing secured by the property, and the tenant under a lease of the property in the event the lender forecloses or otherwise acquires title to the property. As suggested by its name, an SNDA has the following three primary components:

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 9 de marzo de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por el tribunal administratif de Rennes — Francia) — Doux SA, en concurso de acreedores/Établissement national des produits de l’agriculture et de la mer (FranceAgriMer)

(Asunto C-141/15)

[Procedimiento prejudicial — Reglamento (CE) n.o 543/2008 — Artículo 15, apartado 1 — Artículo 16 — Pollos congelados y ultracongelados — Límite máximo del contenido de agua

— Obsolescencia de este límite — Modalidades prácticas de los controles — Segundo análisis

La legislación concursal no ha previsto que un acreedor con privilegio especial pueda comunicar su crédito como ordinario y tampoco que el acreedor que ya aparece en la lista como privilegiado especial pueda renunciar a su privilegio y engrosar a efectos estratégicos (aprobación o no aprobación del convenio) la lista de los acreedores ordinarios. Hay que aceptar semejante posibilidad, incluso más allá del plazo legalmente previsto para modificar la lista de acreedores.

1. Objeto

N. o 52017 Sección elaborada por el Área Mercantil de Gómez-Acebo & Pombo Advertencia legal: Este boletín sólo contiene información general y no se refiere a un supuesto en particular. Su contenido no se puede considerar en ningún caso recomendación o asesoramiento legal sobre cuestión alguna. © Gómez-Acebo & Pombo Abogados, 2017. Todos los derechos reservados Coordinadora: Estibaliz Aranburu Uribarri  Diseño y maquetación: José Á. Rodríguez Sumario Análisis . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

En el concurso de acreedores de Cubigel Compressors S. A. U. (Cubigel), la administración concursal calificó de subordinado el crédito de Koxka Technologies S. L. U. (Koxka) por pertenecer esta sociedad al mismo grupo que la primera. De hecho, tanto Cubigel como Koxka eran sociedades unipersonales y sus únicos socios (a su vez sociedades mercantiles) estaban participados en porcentajes del 65 % y del 79 % por una misma persona física.