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In a departure from prior precedent in the United States Bankruptcy Court for the Southern District of New York (SDNY), a recent opinion by Judge Michael E. Wiles in In re Cortlandt Liquidating LLC,[1] effectively lowered the Bankruptcy Code section 502(b)(6) cap on rejection damages that a commercial real estate landlord may claim, by holding that the cap should be calculated using the “Time Approach,” rather than the “Rent Approach.”

Calculation of Lease Rejection Damages

The March 2023 banking crisis has been an unexpected “stress test” for dealing with liquidity issues.

When state regulators closed Silicon Valley Bank this past Friday, many startups understandably faced severe liquidity issues triggered by the sudden and unexpected loss of access to their deposits.

On January 4, 2023, Judge Glenn of the United States Bankruptcy Court for the Southern District of New York issued a much-awaited decision in the Celsius Network LLC (along with its affiliated debtors, “Celsius” or the “Debtors”) chapter 11 cases relating to the ownership of crypto assets deposited by customers in the Celsius “Earn” rewards program accounts.

Over the span of two weeks in July 2022, two of the largest retail-facing cryptocurrency platforms, Celsius and Voyager, filed for chapter 11 bankruptcy protection.

La justicia europea se pronuncia sobre la aplicación de las garantías laborales en la transmisión de empresas cuando cedente y cesionario prevén la posterior desaparición del cesionario por liquidación. Nada impide segregar una parte de la empresa y posibilitar su autonomía, pero mantener la dependencia y provocar su quiebra resulta contrario al principio de estabilidad que rige el transfondo laboral de toda transmisión empresarial.

Ante el embargo de todos los saldos de las cuentas bancarias de la empresa por parte del Juzgado de lo Social, el administrador concursal solicita que sea el Juez de lo Mercantil el que se pronuncie sobre si los bienes a embargar son necesarios para la continuidad de la empresa. De ser así, el Juzgado de lo Social deberá esperar a la resolución mercantil antes de adoptar ninguna medida de embargo y habrá de devolver al administrador concursal las cantidades confiscadas.

El reconocimiento de la improcedencia del despido del trabajador en la fase de conciliación prejudicial implica asimismo el abono de la indemnización correspondiente al trabajador. Cuando, tras el acuerdo alcanzado, se intenta su ejecución pero la empresa declara su insolvencia, los trabajadores suelen recurrir al FOGASA para el cobro de las cantidades adeudadas.

La competencia del orden social para declarar una sucesión de empresas en caso de adquisición de unidad productiva en concurso no parece albergar duda alguna para la Sala de lo Social del Tribunal Supremo. A tal fin, se imponen la aplicación de la norma laboral, las consecuencias derivadas sobre la responsabilidad solidaria de empresa adquirente y transmitente en toda su extensión —para contratos vigentes y deudas derivadas de contratos ya extinguidos— y la inviabilidad, en tal caso, de la exoneración contenida en el plan de liquidación.

Iniciado un despido colectivo y alcanzado un acuerdo entre los representantes de los trabajadores y el empresario en el periodo de consultas, se plantea si la impugnación individual de cada despido puede cuestionar la concurrencia de las causas que lo motivan. El diferente tratamiento normativo —laboral, concursal, procesal— y la distinta dicción sobre esta materia en procesos de naturaleza colectiva —modificación sustancial, movilidad, suspensión contractual— obligan a precisar una solución, sustantiva y procesalmente determinante.