Deal structure matters, particularly in bankruptcy. The Third Circuit recently ruled that a creditor’s right to future royalty payments in a non-executory contract could be discharged in the counterparty-debtor’s bankruptcy. The decision highlights the importance of properly structuring M&A, earn-out, and royalty-based transactions to ensure creditors receive the benefit of their bargain — even (or especially) if their counterparty later encounters financial distress.
Background
Recientes resoluciones judiciales han puesto en el foco la problemática aprobación judicial de una liquidación societaria cuando existe una situación de bloqueo por parte de alguno de los socios que impide adoptar acuerdos. Analizamos, a continuación, lo que han dicho los tribunales sobre los acuerdos sociales negativos y su posible impugnabilidad.
(SJM nº 13 de Madrid de 23 de marzo de 2021 y SAP de La Coruña de 1 de abril de 2022)
El Consejo de Ministros ha acordado extender el plazo de solicitud de la financiación avaladapor el Instituto de Crédito Oficial (ICO), CESCE o CERSA (la financiación avalada), así como elevar los umbrales económicos relativos a la refinanciación de la misma, trasladando dichas modificaciones al Código de Buenas Prácticas.
Las medidas que ahora se ven reforzadas o modificadas tienen su origen en el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril –del que Garrigues ya se hizo eco en esta publicación–, que fue posteriormente sustituido por la
Until recently, courts in the Ninth Circuit have generally followed the minority view that non-debtor releases in a bankruptcy plan are prohibited by Bankruptcy Code Section 524(e), which provides that the “discharge of a debt of the debtor does not affect the liability of any other entity on, or the property of any other entity for, such debt.” In the summer of 2020, the Ninth Circuit hinted that its prohibition against non-debtor releases was not absolute, when the court issued its decision in Blixseth v. Credit Suisse, 961 F.3d 1074 (9th Cir.
La Sala Primera del Tribunal Supremo ha dictado una nueva sentencia, la 46/2021, de 2 de febrero, en la que se confirma lo ya señalado en la Sentencia 4/2021, de 15 de enero de 2021. Dos sentencias miméticas en todo (casi hasta en las partes).
La doctrina ahora asentada por la 46/2021 se resume:
If a creditor is holding property of a party that files bankruptcy, is it “exercising control over” such property (and violating the automatic stay) by refusing the debtor’s turnover demands? According to the Supreme Court, the answer is no – instead, the stay under Section 362(a)(3) of the Bankruptcy Code only applies to affirmative acts that disturb the status quo as of the filing date. In other words, the mere retention of property of a debtor after the filing of a bankruptcy case does not violate the automatic stay.
Una reciente sentencia del Tribunal Supremo (TS) establece que el socio que ejerce el derecho de separación conserva su condición hasta que se reembolse de manera efectiva su participación. La resolución también señala que, en caso de que la separación se produzca antes de la declaración de concurso de acreedores, el crédito del socio será subordinado sin perjuicio de la eventual contingencia derivada de la posible litigiosidad de su cuantía.
2020 ha sido un año atípico. La alerta sanitaria mundial provocada por la expansión del COVID-19 y la consecuente declaración del estado de alarma en España en marzo de 2020 llevaron a una vorágine legislativa sin precedentes. En este contexto, las empresas se encuentran inmersas en un escenario incierto en el que la toma de decisiones juega un papel clave para la viabilidad futura del negocio.
Desde el pasado 23 de marzo, con esta newsletter en Garrigues hemos hecho un esfuerzo por acercaros aquellos temas regulatorios de los que semana a semana las empresas teníais que estar más pendientes desde todas las áreas de práctica del derecho de los negocios. Dado que el estado de alarma toca a su fin en unos pocos días, esta será la última entrega de una publicación que esperamos haya cumplido su función. A partir de ahora, os seguiremos manteniendo informados a través de nuestros formatos habituales de Alertas, Comentarios, Perspectivas o Newsletters.