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A year after its collapse, Carillion's insolvency continues to haunt both its supply chain and the wider UK construction industry. Many of those left unpaid had spent months chasing Carillion for payment, all the while staving off payment demands from others. Overnight, their debts became unsecured. The flow of cash from Carillion that would have paid its supply chain dried up. A cascade of consequential insolvencies was inevitable.

Introduction

In the recent High Court judgment in VTB Bank (Public Joint Stock Company) v Anan Group (Singapore) Pte Ltd,(1) the plaintiff successfully obtained a winding-up order on a debtor company six weeks after the service of a statutory demand for an underlying debt of $250 million.

La Sentencia del 11 de julio de 2018 consolida la jurisprudencia del Tribunal Supremo que reconoce la existencia de un grupo de sociedades cuando el control es ejercido por una persona física.

Bankruptcy

Legal Alert

Authors

George P. Angelich Partner New York, NY 212.457.5423 [email protected]

M. Douglas Flahaut Counsel Los Angeles, CA 213.443.7559 [email protected]

La reciente Sentencia de la Sala de lo Civil del TS de 26 de abril de 2018 analiza una cesión en pago realizada justo antes de la declaración de concurso. Atendiendo a las circunstancias concretas del caso (quita del 50% del crédito cancelado; acreedor sin vinculación ni condición especial; convenio posterior con quita similar), el Supremo considera que no procede rescindir la operación.

El Tribunal Supremo considera que la falta de legitimación para recurrir de una concursada en liquidación fue subsanada con la ratificación posterior de su administración concursal.

La sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de 23 de mayo de 2018 (Ponente Ignacio Sancho Gargallo) analiza el papel de la concursada en liquidación y de la administración concursal a la hora de interponer recursos en procedimientos en trámite antes de la declaración de concurso y apertura de la fase de liquidación.

Recientemente, en sus sentencias de fechas 13 de marzo de 2018 y 3 de abril de 2018, el Tribunal Supremo se ha pronunciado acerca de la interpretación del contenido en el artículo 174.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (en adelante, “LGT”), relativo a la legitimación del responsable tributario para impugnar, con ocasión del recurso frente al acuerdo de derivación de responsabilidad, la liquidación en que tiene su origen dicho acuerdo.

El Tribunal Supremo ha declarado que la responsabilidad solidaria de los administradores sobre la base del art. 367 LSC subsiste, aunque el acreedor conozca, al contratar, la situación de insolvencia de la sociedad. El mero conocimiento de dicha situación por parte del acreedor no es suficiente para acreditar su mala fe al reclamar las deudas a los administradores y, por tanto, estos siguen siendo solidariamente responsables por no promover la disolución si las pérdidas determinaron que el patrimonio neto quedara por debajo de la mitad del capital social.

La responsabilidad solidaria en el pago de deudas tributarias por parte de quienes colaboren en la ocultación y/o transmisión de bienes con la intención de sustraerlos al procedimiento ejecutivo de cobro –impidiendo así su embargo– ha sido recientemente objeto de análisis por parte del Tribunal Económico Administrativo Central (“TEAC”).

Recientemente, la Dirección General de Tributos (“DGT”) ha publicado la contestación a la Consulta Vinculante V0259-18, de 7 de febrero de 2018, en la que se analizan las implicaciones que pueden derivarse para un tercero como consecuencia de las liquidaciones provisionales (incluso no habiendo las mismas adquirido firmeza) practicadas a otro sujeto pasivo.