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Análisis GA&P | Mayo 2015 1 N. de la C.: En las citas literales se ha rectificado en lo posible —sin afectar al sentido— la grafía de ciertos elementos (acentos, mayúsculas, símbolos, abreviaturas, cursivas...) para adecuarlos a las normas tipográficas utilizadas en el resto del texto. La Ley 9/2015 deriva de la tramitación como Proyecto de Ley del Real Decreto Ley 11/2014 de 5 de septiembre. Durante su recorrido parlamentario se han aceptado ciertas enmiendas que modifican el régimen del convenio concursal tal y como éste había quedado establecido en septiembre del 2014.

Congress rarely accomplishes anything these days, but the need to reform Chapter 11 of the Bankruptcy Code seems to have “crossed over the aisle.” When the Bankruptcy Code was enacted in 1978, America boasted the world’s dominant manufacturing economy. Corporate debt was mostly unsecured trade debt. Secured loans provided tangible asset financing for property, plant, and equipment.

Our legislation prohibits (as unconscionable) clauses that, while not negotiated with consumers, require “collateral disproportionate to the risk assumed” (art. 88(1) of the Spanish Consumer and User Protection Act). Note that this rule has not been the subject of any case law development and that the clause that paradoxically could yield to art.

1. El Estatuto de los Trabajadores (LET) prevé en su artículo 50 la posibilidad de que el trabajador reclame la extinción de su contrato, entre otros motivos, por falta de pago o retrasos continuados por parte del empleador en el abono de los salarios pactados (art. 50.1b LET).

On March 16, 2015, the Spanish subsidiary of Banca Privada d’Andorra, Banco de Madrid, sought bankruptcy protection in the midst of a run on the bank by depositors. The run and bankruptcy were the result of FinCEN’s March 10, 2015, announcement that it would bar U.S. banks from providing correspondent banking services to Banca Privada d’Andorra or any bank that processes transactions for Banca Privada d’Andorra.

1. Excepción al principio rogatorio: la obligación de solicitar concurso de acreedores ante el incumplimiento empresarial generalizado de las obligaciones salariales y de Seguridad Social

Este comentario tiene la finalidad de avanzar en el diálogo recíproco iniciado con las propuestas de interpretación de los jueces de lo Mercantil de Madrid sobre las nuevas reglas de calificación culpable del concurso (Acuerdo de 7 y 21 de noviembre del 2014).Análisis GA&P | Enero 2015 1 1.

Análisis GA&P | Diciembre 2014 1 1. ¿Alcanza el efecto de paralización de ejecuciones sobre bienes necesarios del deudor que realiza la comunicación del artículo 5 bis de la Ley Concursal a la efectividad de una medida cautelar acordada contra el patrimonio del deudor? Respuesta: En principio, la mera efectividad de una medida cautelar no puede quedar comprendida en la paralización de las ejecuciones judiciales de bienes o derechos, pues única y exclusivamente está preordenada a garantizar la tutela de fondo que se pide.